Se implementa en lo que respecta a los trámites de matriculación (matrícula auténtico, traslado, cambio de domicilio, muerto del transporte, robo o hurto de automóvil, cambio de razón social, automóvil de saldo, tenencia o tenencia) que se realicen delante los registros seccionales de Propiedad del Automotor, así como aquellos con competencia monopolio en vehículos automotores de estas ciudades
Disposición 207/22
Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2022
VISTO el Convenio de Complementación de Servicios suscrito el 21 de junio de 2022 entre esta Dirección Doméstico y la Municipalidad de PILAR, provincia de CÓRDOBA (según maniquí consentido por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución MJ y DH No./16), S
CONSIDERANDO:
Que, mediante el referido Convenio, se implementó un sistema informático para proceder a la baratija y cuestación del Impuesto al Depósito de Vehículos Automotores y Vehículos Automotores (Patentes), a través de las Notarías Seccionales con facultad en el MUNICIPIO DE PILAR, provincia de CÓRDOBA, aplicable en lo que se refiere a los trámites de inscripción de Matrícula Original, Transferencia, Cambio de Ubicación, Revocación de Matrícula de Transporte, Robo o Robo de Automóvil, Cambio de Razón Social, Reporte de Liquidación, Posesión o Titularidad.
Que el CONCEJO RESUELTO de dicha ciudad expidió la Norma Municipal N° 2.164, de 22 de junio de 2022, mediante la cual ratificó la suscripción del Convenio de Complementación de Servicios con esta JUNTA NACIONAL.
Que el 23 de junio de 2022, el Poder Ejecutante del Municipio de PILAR promulgó la citada Norma Municipal N° 2.164 mediante Decreto Municipal N° 478-22.
Que mediante Decreto Municipal nº 480-22, del 23 de junio de 2022, se designó a los responsables de los Registros Seccionales en todo el país como agentes para la cuestación del Impuesto al Depósito de Vehículos Automotores y Vehículos Automotores de esa facultad.
Que, mediante Disposición DN nº 38, de 31 de enero de 2017, se aprobó el maniquí de Solicitud Tipo “13D”, que será utilizado por los responsables de los Registros Seccionales para solicitar, a las autoridades fiscales municipales, informes de adeudos, adiciones y las cancelaciones del Impuesto de Vehículos, mientras se documentan los pagos de las deudas liquidadas, se realizan delante el Responsable de estas Notarías Seccionales. Asimismo, este utensilio tiene el carácter de constancia válida de las exenciones solicitadas, la condonación de las deudas previa prueba del cuota o su negativa a respaldar.
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Río Segundo, Corral de Bustos y Marcos Juárez: ya rige el sistema informático de liquidación y percepción del impuesto a las patentes