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BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – SECRETARÍA DEL TRABAJO

Ciudad de Buenos Aires, 06/11/2019

VISTO EX-2018-54990801-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, Ley N° 14.250 (al 2004), Ley N° 20.744 (al 1.976) y sus modificatorias, Ley N° 23.546 (al 2.004) y

CONSIDERANDO:

Que se adicionó a autos el convenio suscrito el 21 de mayo de 2018 (escaneo a fojas 1/2 de IF-2019-58336226-APN-DNRYRT#MPYT), celebrado bajo el Convenio Colectivo de Trabajo N° 1150/10 “E” entre el SINDICATO DE AFINES AUTOMOVILES Y MECANICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA), por el costado sindical, y la empresa JOHNSON MATTHEY ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el costado patronal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (hasta 2004).

Que mediante el referido convenio, las partes acuerdan, entre otros, implementar un “Bono de Producción, y desempolvar el valía del rubro “Transporte” previsto en el artículo 25 del citado Convenio Colectivo de Trabajo N° 1150/10 “E” , como se detalla en el mismo.

Que los agentes negociadores ratificaron el contenido y las firmas insertadas en el mismo, acreditando su capacidad jurídica y facultades para negociar colectivamente con los registros desestimados a los actos presentes.

Que el ámbito de aplicación del citado acuerdo se limita a la estricta correspondencia entre la actividad del empleador firmante y los ámbitos de representación personal y energía territorial de la referida entidad sindical, resultantes de su personería agrupado.

Que las cláusulas pactadas no contengan aspectos que afecten o modifiquen el ordenamiento judicial vivo.

Que además se acrediten los cargos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (de 2004).

Que el Consejo Técnico Sumarial de la Dirección Franquista de Relaciones y Regulación del Trabajo de este Ocupación tomó la intervención correspondiente.

Que, a la luz de lo inicial, procede dictar el correspondiente acto chupatintas de aprobación, de conformidad con los informes señalados.

Que las facultades del suscrito para resolver el presente proceso se derivan de las facultades conferidas por el DETO -2019-35-APN-PTE

Por el,

EL SECRETARIO DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- El convenio suscrito el 21 de mayo de 2018, suscrito entre el SINDICATO DE MECÁNICA Y TRANSPORTE AUTOMOTRIZ DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por parte del sindicato, y la empresa JOHNSON MATTHEY ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por parte del sindicato, se declara patrón ratificado, escaneado según fojas 1/2 de IF-2019-58336226-APN-DNRYRT#MPYT de EX-2018-54990801-APN-DGDMT#MPYT, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (hasta 2004 ).

ARTÍCULO 2.- Apelar a la Dirección de Administración Documental dependiente de la Dirección Militar de Informática, Innovación Tecnológica y Administración Documental. Una vez diligenciado comparecer a la Dirección Franquista de Relaciones y Regulación del Trabajo para registrar el utensilio firmado el 21 de mayo de 2018, escaneado como fojas 1/2 de IF-2019-58336226-APN-DNRYRT#MPYT de EX-2018-54990801-APN -DGDMT#MPYT.

ARTÍCULO 3.- Informar a las partes signatarias. Seguidamente, proceder con la reserva conexo con el expediente del Convenio Colectivo de Trabajo nº 1150/10 “E”.

ARTÍCULO 4.- Tenga en cuenta que, si este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no publica gratis el convenio ratificado y la presente Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N° 14.250 (a 2004).

ARTÍCULO 5.- Comunicar, editar, entregar a la Dirección Franquista de Registro Oficial y fichar.

Lucas Fernández-Aparicio

NOTA: El(los) Anexo(s) que integra(n) la presente Resolución se encuentran publicados en la tirada web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

y. 08/04/2022 N° 48796/22 ver. 08/04/2022

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/268060/20220804?anexos=1

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