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BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL – JUNTA DE REGULACIÓN LABORAL

Disposición 436/2022

DI-2022-436-APN-DNL#MT

Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2022

VISTO EX-2021-24159740- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, Ley N° 14.250 (de 2004), Ley N° 20.744 (de 1976) y sus modificatorias, RESOL- 2021 -1716- APN-ST#MT, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/7 del RE-2021-24159695-APN-DGD#MT del EX-2021-24159740- -APN-DGD#MT se encuentran las escalas salariales que integran el convenio consentido por la Resolución mencionada en la Visa y registrada bajo el N° 2070/21, suscrito por el SINDICATO DE MECÁNICA Y TRANSPORTE AUTOMOTRIZ DE LA REPÚBLICA y la empresa VOLKSWAGEN ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el ámbito de los Convenios Colectivos de Trabajo nº 8/89 “E” y 13/89 “E” de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (desde 2004).

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (de 1976) y sus modificatorias, establece que corresponderá al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL fijar y editar la remuneración media de la que resulte el tope de remuneración aplicable. .

Que de acuerdo con la citada norma procesal, el tope de remuneración resultante se determina triplicando el monto promedio mensual de la remuneración escalera salarial y sus respectivos conceptos considerados.

Que IF-2022-47660235-APN-DNRYRT#MT contiene el documentación técnico mediante el cual se señalan los registros y los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de la remuneración objeto del presente y el tope de remuneración resultante, cuyos términos se comparten en el presente caso y al que se remita lo ayer posible.

Que se dicte en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Pacto de Trabajo N° 20.744 (de 1976) y por delegación hecha por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, según Resolución RESOL -2021- 301-APN-MT.

Por el,

EL DIRECTOR DE NORMATIVA LABORAL

POSEE:

ARTÍCULO 1.- Fijar el monto medio de la remuneración de la que deriva el tope de indemnización, de conformidad con el artículo 245 de la Ley de Pacto de Trabajo N° 20.744 (de 1976) y sus modificatorias, resultante del acuerdo consentido por RESOL-2021 – 1716-APN -ST#MT y registrada bajo el N° 2070/21, según se detalla en el expediente incorporado que, según ANEXO DI-2022-47933864-APN-DNRYRT#MT, forma parte elemento del presente.

ARTÍCULO 2.- Acogerse a la Dirección de Papeleo Documental dependiente de la Subsecretaría de Papeleo Administrativa para la respectiva intervención. Concluida ésta, presentarse a la Dirección Doméstico de Relaciones y Regulación del Trabajo para registrar el valencia medio de la remuneración establecida por esta ley y el frontera de indemnización resultante y proceder a la custodia respectiva.

ARTÍCULO 3.- Comunicar, editar, entregar a la Dirección Doméstico de Registro Oficial y encarpetar.

Jorge Pablo Titiro

NOTA: El(los) Anexo(s) que integran esta Disposición se encuentran publicados en la tirada web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

y. 05/08/2022 N° 49346/22 v. 08/05/2022

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/268135/20220805

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